El CLÚSTER TIC GALICIA CONSOLIDA El ENFOQUE EMPRESARIAL CON LA APROBACIÓN DE LOS NUEVOS ESTATUTOS

El CLÚSTER TIC GALICIA CONSOLIDA El ENFOQUE EMPRESARIAL CON LA APROBACIÓN DE LOS NUEVOS ESTATUTOS


  • Aprobados por unanimidad los nuevos Estatutos del Clúster TIC, en una Asamblea que contó con una participación de un 80%
  • Los Centros Tecnológicos podrán ser socios de pleno derecho junto con empresas, colegios y asociaciones.
  • Emprendedores y promotores TIC podrán ser socios y participar en el Clúster
La Asamblea General Extraordinaria del Clúster TIC Galicia celebrada ayer en Santiago de Compostela aprobó por unanimidad los nuevos estatutos de la entidad. Estos cambios estatutarios, que son el fruto de un largo trabajo en el seno de la organización, tienen por objetivos facilitar la incorporación de socios, mejorar y agilizar la operatividad administrativa, eliminar duplicidades en los órganos de dirección, reforzar la participación de las empresas y ampliar el tejido colaborativo. La Asamblea, en la que estuvieron representados el 80% de los socios, otorgó poder de registro de los nuevos estatutos al actual Comité de Dirección y estipuló un plazo de tres meses para la convocatoria de una nueva asamblea en la que tendrán lugar las elecciones a los órganos directivos. Los principales cambios en los estatutos del Clúster son los siguientes: 
  • Nueva clasificación de los socios en dos grupos:
  • Socios, categoría en la que se incluyen las empresas grandes (con facturación igual o superior a seis millones de euros al año), las empresas pequeñas (con facturación inferior a seis millones) y más las asociaciones empresariales, los colegios profesionales y los centros tecnológicos.
  • Socios especiales, categoría en la que entran los emprendedores, empresas de nueva creación y otras entidades de tipo diferente a los mencionados.
  • El Comité de Dirección pasa a ser el único órgano ejecutivo y operativo. Tendrá un mínimo de cuatro miembros y un máximo de 17, que serán elegidos en Asamblea General entre los socios de pleno derecho, y con paridad entre las empresas grandes y pequeñas.
  • El Comité Estratégico se redefine como órgano de consulta y asesoramiento, y todos los socios serán elegibles para formar parte de él. Asímismo, la participación en el Comité Estratégico estará abierta a todas aquellas personas o entidades que se consideren de interés y que sean invitadas por la Presidencia.
  • En el proceso de elección a la Presidencia todos los socios tendrán derecho a voto, la razón de un voto cada uno, y serán elegibles todos los socios de pleno derecho.
  • La elección de los miembros del Comité de Dirección se hará en votación diferente a la de la Presidencia, y cada grupo de empresas (grandes y pequeñas) elegirá a sus representantes. Las asociaciones, colegios y centros tecnológicos decidirán previamente a que grupo presentan candidatura y por que grupo votan.
  • Las Comisiones de Trabajo tendrán carácter permanente, creándose y disolviéndose por iniciativa del Comité de Dirección, mientras que los Grupos de Trabajo tendrán carácter temporal y deliberarán sobre meterias tecnológicas o de interés para el sector.
  • Respeto al régimen económico, las cuotas sociales serán establecidas por la Asamblea, respetando el criterio de la autosostenibilidade financiera.

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